¿Cómo saber si una vivienda está libre de cargas?

¿Cómo saber si una vivienda está libre de cargas?

La compraventa de un inmueble se considera como una de las decisiones más importantes de la vida, y es que tanto el proceso, como la información y la documentación han de ir paso a paso, ser precisas, y correctos.

Es por esto que recomendamos saber si una vivienda está o no libre de cargas y conocer lo que esto conlleva para evitar posibles inconvenientes en el futuro.

Las cargas son un tipo de obligaciones que puede tener un inmueble, recaen directamente sobre la vivienda y por tanto en caso de haber, se transmiten al comprador a la hora de adquirir el inmueble.

Por lo tanto comprobar si existen o no cargas en un inmueble es uno de los primeros pasos a realizar.

Si la vivienda tiene cargas y aún así se quiere seguir adelante, es importante detectar qué tipo de cargas le afectan y qué implica esto para el futuro propietario o si puede hacerse cargo o no.

Tipos de cargas en la vivienda

Algunas de las cargas más comunes que nos podemos encontrar en una vivienda y que se pueden comprobar al solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad. son:

  • Hipotecaria: suele ser la más habitual y se recomienda que quede cancelada antes de que el nuevo comprador adquiera el inmueble o durante el proceso de compra-venta. En caso de que no se pueda liquidar el importe de la hipoteca, una alternativa aunque pocas veces se llevan a cabo es subrogar. 

Subrogar la hipoteca quiere decir el comprador pasa a ser el nuevo titular de la hipoteca, esto siempre que las condiciones de la misma sean adecuadas y que la solicitud sea aprobada por el banco.

  • Embargo: Se da en el caso que el propietario tiene el inmueble retenido como garantía para el pago de una deuda.
  • Arrendamiento: Si la vivienda está alquilada en el momento en que se vende. Se considera una carga ya que el nuevo propietario debe continuar con el alquiler hasta que finalice dicho contrato.
  • Usufructo: Este tipo de carga afecta al uso del inmueble el cual estará limitado hasta que se extinga la carga. Teniendo en cuenta que el usufructo es el derecho real al disfrute de algo ajeno; del cual no se tiene propiedad.

También existen cargas que no salen reflejadas en la nota simple y que igualmente afectan al proceso de compraventa, las cuales se pueden comprobar con un certificado de deudas y recibos de pago.

  • Cargas tributarias: como lo son el  pago IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) o IRPF, las plusvalía municipal y el impuesto de transmisiones.
  • Comunidad de Vecinos: Es una carga que va relacionada con la vivienda, es decir que no la origina el propietario y por tanto si se vende y esta carga está presente, pasará a responsabilidad del comprador.

 

Así que no olvides asegurarte si la vivienda está libre de cargas o no y cómo influyen las cargas existentes.